GEOPOLITICA NUCLEAR

GEOPOLITICA NUCLEAR (Tratado de Prohibicion de Ensayos Nucleares)

El mundo una vez más se encuentra en un camino hacia los ensayos y pruebas de armas nucleares, empezando a que el pasado 21 de octubre del 2025, la Federación  Rusa ejecuto la prueba con  éxito de su nuevo misil de propulsión nuclear llamado “Burevestnik”  que más haya de los beneficios armamentísticos, bélicos y de disuasión nuclear que podría tener Rusia en las negociaciones geopolíticas  en lo que respecta al conflicto en Ucrania, es menester analizar lo que se inicio y la normativa internacional aplicable, esto es, si se viola o no respectivamente el  Tratado por el que se prohíben los ensayos con armas nucleares en la atmósfera, el espacio ultraterrestre y el agua del año 1963 que se pasará a analizar. Esta situación de prueba y/o ensayo nuclear por parte de Rusia , hizo reaccionar a EEUU, en donde su Presidente Donald Trump ordenó reanudar ensayos y pruebas nucleares de sus armas. Siempre es menester aclarar que estas pruebas tiene  fines  bélicos y no fines pacíficos.

Volviendo al análisis de el  Tratado respectivo que esta ratificado por URSS hoy Federación Rusa y EEUU entre otros países después de arduas discusiones en el año 1963 entra en vigencia y en su articulado principal especifica la prohibición con explosión de ensayos armas  nucleares tanto en la atmósfera, espacio ultraterrestre, bajo el mar sean aguas territoriales o alta mar y en ambientes donde haya desechos radioactivos  causa de la explosión por fuera de el territorio o jurisdicción del Estado que efectúa el ensayo con explosión de arma nuclear. Es de destacar que es requisito para que opere el tratado  que haya una explosión nuclear  pero sucede que el ensayo con el misil ruso “Buresvestnik” no exploto en ninguna zona por lo que se entiende que no estaría violando la normativa internacional respectiva al Tratado que prohíbe su ensayo con explosión. Tampoco se desprendió en el recorrido del misil por casi 15.000 mil Kilómetros material radioactivo es decir en el motor de propulsión nuclear  funcionaron los sistemas de seguridad tecnológica  garantizando que no se hayan desprendido material radioactivo o fugas provocando eventuales daños al ambiente o poblaciones. Siguiendo la lectura del Tratado en su articulo 1 punto dos tanto Rusia como EEUU eventualmente estarían violando dicha normativa por alentar la realización de ensayos con explosiones nucleares.

Pero en este contexto los dos Estados se defenderían primero, el Ruso diciendo que no violo la legislación internacional ya que el misil no exploto y no emitió radiación y EEUU hablo que reanudaría los ensayos nucleares pero no especifico de que manera si detonarían bombas nucleares de manera subterránea en su jurisdicción local que esta permitido mientras no dañe por radiación  a países vecinos. Aquí viene entonces la trampa del Tratado en su redacción que se  especifica que el ensayo tiene que venir acompañado de una explosión para que opere la prohibición, mientras se ensaye sin explosión estaría permitido como fue que el misil Ruso que paso por espacio atmosférico y quizás ultraterrestre por mas de 15 mil kilómetros pero vale la aclaración si en el recorrido entro en jurisdicción donde se riguen las normas de derecho espacial en lo que respecta al Tratado General del espacio en su artículo IV menciona que los Estados se comprometen a no poner en orbita armas nucleares pero no se especifica si esta en movimiento o no , entendiéndose que se estaría violando el bien jurídico de la seguridad internacional espacial .

En definitiva el Tratado limita en algún sentido a los Estados ratificantes a actuar de manera siligosa para respetarlo pero esto no obsta a la proliferación nuclear y la capacidad de los Estados para pruebas de armas nucleares, por otro lado existe el Tratado de Prohibición Completa de ensayos nucleares pero todavía no esta vigente haciendo la salvedad que también habla de explosión nuclear, por lo que sería lo mismo que sucede actualmente. Se entiende entonces si se quiere avanzar en legislación internacional que promueva la no proliferación de armas nucleares y su desarme, se debe establecer específicamente que la prohibición de pruebas nucleares tanto de armas no convencionales para fines bélicos o pacíficos abarque el ensayo de pruebas incluyendo la explosión y la no explosión.

Autor: Dr. Juan Ignacio Piovano

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